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Colaboraciones:
Aún queda bastante camino por recorrer pero poco a poco iremos intentando abrir nuevas secciones con la colaboración de todos. Entre ellas las dedicadas a cada una de las distintas facetas de nuestro trabajo, esencialmente Incapacidad Temporal, Farmacia e Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Si algún compañero quiere colaborar basta con que se dirija a la siguiente dirección de correo: aaiss@aaiss.com indicandonos sus datos y el ambito en el que le interesaría colaborar ya sea aportando información, coordinando las secciones o aportando trabajos científicos.
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Los Inspectores sanitarios temen quedar sometidos a la censura de las mutuas en su gestión de la Incapacidad Temporal (14/07/2014)
La reforma, tal y como está planteada en dicho anteproyecto de ley, afectaría a los cimientos del SNS, con importantes repercusiones sobre los trabajadores - pacientes y sobre la propia estructura y funciones de la inspección de servicios sanitarios especialmente en Cataluña y Andalucía, donde existen unidades monográficas dedicadas al control de la incapacidad temporal (IT). El papel de los inspectores sanitarios que forman parte de ellas, al igual que el de los médicos de AP, quedaría sometido a la censura de los trabajadores de las mutuas, algo así como si los asesores fiscales "controlaran" a los inspectores de Hacienda.
En el resto de autonomías estos profesionales y los mismos gestores de los servicios regionales salud tenderían a desentenderse del control de las bajas, dedicando sus esfuerzos a otras funciones en las que sí se consideren protagonistas, como las meramente evaluadoras en el caso de la Inspección Sanitaria.
El Ministerio de Empleo no ha querido consultar en ningún momento a FAISS, que ha hecho difusión de sus análisis y opiniones técnicas a través de los sindicatos y de los medios de comunicación. Desde el primer momento se nos ha querido hacer ver que la reforma iba a suponer una simplificación burocrática de la emisión de partes de baja para los médicos de AP, cuando la verdadera intención era ceder la gestión de la IT a los empresarios.
Ninguna autoridad estatal o autonómica controla de forma sistematizada la actividad asistencial sanitaria que llevan a cabo estas entidades privadas con cargo a los fondos públicos, al contrario de lo que sí ocurre con cualquier centro de salud u hospital del SNS. La suscripción de convenios entre dichas entidades y los servicios regionales de salud. Esto último podría suponer la priorización de la asistencia de los trabajadores frente al resto con cargo a los fondos públicos, lo que rompe el principio de equidad del Sistema Nacional de Salud (SNS)
Ver PDF del artículo de El Médico Interactivo
EL GOBIERNO SIGUE SIN PRIORIZAR LAS LISTAS DE ESPERA (18/06/2014)
Recientemente se ha publicado por el Ministerio de Sanidad los datos de las listas de espera en el SNS en 2013 mientras que, tras ser anunciada hace mas de un año, aún no se ha desarrollado una nueva norma sobre criterios y gestión de listas de espera, anunciada hace un año.
Las listas de espera es un problema que debe ser abordado tanto con criterios técnicos como con criterios de participación social y transparencia. Sin perjuicio del papel de la Inspección Sanitaria en el control del cumplimiento de normas y procedimientos, queremos aportar nuestro granito de arena desde el conocimiento y la experiencia profesional a un tema que sin duda es susceptible de mejora.
No creemos que haya duda sobre la prioridad de los criterios clínicos de gravedad en la necesidad de la asistencia, sobre todo con ciertos diagnósticos (oncología, urgencia traumatológica o quirúrgica, etc.), donde la demora pone en peligro la vida del paciente. Sin embargo, para el resto de de procesos en las listas de espera (diagnósticas y terapéuticas) parece sólo primar el criterio cronológico de su incorporación a la cola, en una aplicación casi pura del método de gestión FIFO (First In, First Out).
En primer lugar, consideramos que el mayor peligro para la equidad y para el pronóstico de salud y vida del paciente se encuentra en las listas de espera diagnósticas y de primeras consultas. Pues a la pura demora se sobreañade la falta de poder aplicar un criterio de priorización de tratamiento al ignorarse su gravedad objetiva. El compromiso político o legal por algunas administraciones sanitarias de “tiempos máximos de espera” se ha convertido en “papel mojado” y el procedimiento del reembolso del coste de tratarse en la sanidad privada es en realidad otra agresión a la equidad ya que sólo quienes dispongan de recursos económicos suficientes podrían permitirse adelantar su coste y litigar en caso de rechazo.
La causa de priorizar está en que el sistema es insuficiente y los criterios de prioridad tratan de compensar esa insuficiencia, de la forma más justa, aunque el simplismo del criterio cronológico puede ser tremendamente injusto, aunque muy cómodo de gestionar y transmitir a la sociedad. No todos los diagnósticos en una lista de espera quirúrgica (la más problemática) tienen el mismo pronóstico en función del tiempo de la demora operatoria y en ello podrían influir la edad, el sexo, la recurrencia patológica, la predisposición genética o ambiental, la actividad laboral, etc. No creemos que en una hipotética reforma de los criterios de gestión de los diferentes tipos de listas de espera debieran olvidarse de otros factores aparte de los de la gravedad clínica y el cronológico.
Pero, en cualquier caso, como se dijo al principio, deberían de construirse con el suficiente apoyo técnico y participación política y social, así como ser lo más claros, objetivos y transparentes posibles, lo cual no es incompatible con su complejidad. Las soluciones simplistas no son necesariamente más justas.
La FAISS desde estos planteamientos ha colaborado en el artículo elaborado sobre el particular por Diario Médico que puedes consultar completo en el enlace inferior.
Ver PDF del artículo de Diario Médico
LA OTRA "PRIVATIZACIÓN" - ARTÍCULO DE OPINIÓN EN DIARIO MÉDICO (12/05/2014)
La asunción de la asistencia en contingencias comunes por parte de las mutuas, con contraprestación económica por parte de los servicios sanitarios de las autonomías, se traducirá en otro tipo de privatización de la asistencia sanitaria, y en la descapitalización de los centros públicos del SNS. Asi opinan Luis M. Garrido y Jose Maria Morán, Presidente y Vicepresidente de FAISS respectivamente en el artículo publicado en Tribuna de Opinión, el dia 12 de mayo en Diario Médico
Las Mutuas se crearon en el año 1900, exclusivamente para la gestión de las contingencias profesionales de la incapacidad laboral y no fue hasta 1995 que se les capacitó para asegurar también las contingencias comunes, para en 1997 pasar a controlarlas sanitariamente, pudiendo ofrecer técnicas diagnósticas y tratamientos sin retribuir.
Así, hasta hacerse, en 19 años, con el 80 % de dichas contingencias y gestionar globalmente cerca de 12.000 millones de euros de cuotas sociales. Con la aprobación (20/12/13) por el Consejo de Ministros del “Anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social”, se pretende ampliar de forma definitiva el sector de las Mutuas, proponiendo hacer convenios entre éstas y los Servicios Regionales de Salud de las CC AA para adelantar asistencias a trabajadores de baja, que pasarán a ser retribuidas efectivamente, no como inversión para acortar las bajas y reducir el pago de prestaciones, como hasta ahora.
Ello supondrá que, con cargo a los fondos sanitarios públicos, se priorizará la asistencia de los trabajadores frente al resto de la población, lo que rompe el principio de equidad del Sistema y todo ese presupuesto no desarrollará la asistencia propia del SNS, favoreciendo su descapitalización en otra forma de privatización diferente de la habitual.
Ver PDF de Tribuna de Diario Médico
Via abierta a la estatutarización de la Inspección de Servicios Sanitarios en Castilla y Leon (28/04/2014)
Los compañeros de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el reciente Decreto 16/2014, de 24 de abril, por el que se establece el procedimiento para la integración directa y voluntaria del personal funcionario de carrera en la condición de personal estatutario, publicado en el Boletin de Castilla y Leon del dia 28, podran optar por integrarse voluntariamente utilizando para ello la via abierta por el Real Decreto-ley, 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones
En concreto a través de la modifivcación de la disposición adicional decimosexta a la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, los médicos, practicantes y matronas titulares de los servicios sanitarios locales que presten sus servicios como médicos generales, practicantes y matronas de los servicios de salud, y el resto del personal funcionario sanitario que preste sus servicios en instituciones sanitarias públicas, dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2013 para integrarse en los servicios de salud como personal estatutario fijo, sin perjuicio de los derechos consolidados. A tal fin, las comunidades autónomas establecerán los procedimientos oportunos.
Enhorabuena por el logro conseguido, que sin duda redundará en unas mayores oportunidades profesionales y un reconocimiento de los derechos que como personal sanitario les corresponde. Cada vez son mas las comunidades que están utilizando esta via, y animamos a los responsables y compañeros de las distintas CCAA en los que el proceso está aún mas verde, a proseguir en la lucha por conseguirlo.
La potestad de dar altas médicas retrasa la reforma de las mutuas (24/04/2014)
Entre los planes del Ministerio de Empleo siempre ha estado aprobar en la primera mitad de 2014 la nueva regulación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, que son entidades colaboradoras de la Seguridad Social que gestionan ya las bajas laborales de cerca del 90% de los trabajadores. Sin embargo, la nueva regulación de estas entidades registra constantes y sucesivos retrasos.
Sin ir más lejos, estaba previsto que el anteproyecto de ley fuera mañana viernes al Consejo de Ministros pero finalmente no será así. Su aprobación volverá a posponerse, según fuentes que negocian esta nueva normativa. Los responsables del Ministerio de Empleo mantuvieron en la tarde del martes una reunión con representantes de la patronal CEOE-Cepyme y los sindicatos CC OOy UGT para exponerles la situación por la que atraviesa el proyecto de ley cuya última versión es de hace tres meses, rechazada frontalmente por los sindicatos.
Según fuentes conocedoras del contenido de este encuentro, el secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, expuso a los agentes sociales que en la última versión del anteproyecto de ley que está elaborando su departamento, ya no aparece la posibilidad, que se daba en un borrador anterior, de que las mutuas propusieran el alta a los médicos de familia que habían emitido la baja a través de la Inspección médica de los Servicios Públicos de Salud. Y esta tendría cinco días para contestar y aceptar la propuesta de alta de la mutua o denegarla y justificarlo. En el caso de no pronunciarse en esos cinco días, los médicos de las mutuas podrían dar el alta al trabajador. Esta propuesta de Empleo, que contaba con el respaldo de los empresarios de CEOE, fue rechazada de plano por los sindicatos.
Además, según fuentes del sector, esta intención de dar más poder a los facultativos de las mutuas se ha topado con problemas legales relacionados con las competencias de los médicos de cabecera dependientes de los servicios de salud de las comunidades autónomas. Y también con el rechazo del Ministerio de Sanidad, que teme la oposición de los médicos, reactivando una nueva rebelión de las batas blancas, según fuentes del sector. Ante esto, el nuevo texto que prepara Empleo se limita a reducir a cinco días el plazo en el que la Inspección médica del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) –en lugar de los servicios regionales de salud– debe responder si acepta o no la propuesta de alta de una mutua.
Pero si no responde, el silencio administrativo no significará que el facultativo de la mutua pueda dar el alta al trabajador. Sin embargo, la Oficina Económica del Gobierno es la que, tras este cambio, ha paralizado la aprobación de este proyecto de ley y sus responsables quieren ser los que tengan la última palabra. Por ello, ni los sindicatos –que apoyarían esta renuncia–, ni los empresarios, que son contrarios a ella, quieren posicionarse hasta que tengan un texto por escrito.
EL TRIBUNAL DE CUENTAS EVIDENCIA MALA GESTIÓN EN LAS PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL (12/04/2014)
En una valoración general del Informe del Tribunal de Cuentas sobre la gestión de la Incapacidad Temporal (IT), la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS) advierte que los resultados publicados ponen de manifiesto evidentes pruebas de mala gestión y de falta de control en los pagos de las prestaciones por IT; y parece que se descarga la “culpa” en la Seguridad Social en su conjunto, cuando más del 75 % de dicha gestión compete a las Mutuas. FAISSEl pasado 27 de marzo de 2014 el Tribunal de Cuentas (TdC) aprobó y publicó el informe citado, que, con carácter general, pone en entredicho las justificaciones esgrimidas por el Gobierno para poner dicha gestión en manos de las Mutuas.
Desde la FAISS resaltamos que los controles técnicos externos públicos de inspección, de auditoría y de fiscalización son imprescindibles para comprobar que la gestión se hace por los procedimientos establecidos y que los resultados se corresponden con los objetivos previstos, sin desviaciones fruto de una mala gestión o de algún tipo de corrupción.
El informe del TdC ha fiscalizado principalmente lo que ocurre con la Incapacidad Temporal (IT) en el ámbito de la Seguridad Social, que gestiona fundamentalmente los aspectos económicos de la IT, no de la gestión sanitaria de la misma que se realiza básicamente por el Sistema Nacional de Salud (SNS), salvo en algunos aspectos concretos de ésta. Es decir, se han auditado órganos y entidades esencialmente administrativos como INSS, ISM y otras (TGSS, SEPE, DGOSS), así como las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS, Mutuas).
Los resultados publicados son que existen evidentes pruebas de mala gestión y de falta de control en los pagos de las prestaciones por IT. Y parece que se descarga la “culpa” en la Seguridad Social en su conjunto, cuando más del 75 % de dicha gestión compete a las Mutuas. Si bien es cierto que el responsable de esta privatización, y de sus resultados, es el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Además, en dicha mala gestión se ha detectado la existencia de un presumible fraude (intencionado o no) por parte de las empresas que se deducen importes por procesos de IT irregulares que ni Mutuas ni el INSS controlan adecuadamente.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha publicado las estadísticas de cierre de año de incapacidad temporal (IT), que constatan un descenso en la duración media de las bajas del 2,8 por ciento respecto a 2012, hasta los 36,06 días de baja media, y una caída del 4,9 por ciento en la incidencia media por cada mil trabajadores, hasta 18,19 casos.
A nuestro juicio, resulta poco justificado con este descenso (acumulado al de años anteriores) el empeño de seguir adoptando medidas para incidir en la incapacidad temporal a través de una ley que refuerza a las mutuas y que parece más bien un empeño privatizador de la gestión de la incapacidad temporal.
Casi mil millones de euros menos de gasto por este concepto presupuestados para 2014 por la Seguridad Social (-17%) que ha reducido sus fondos para incapacidad temporal desde los 5.800 millones de 2013 a los 4.878 previstos en 2014, en previsión de una nueva caída de las bajas. Esta circunstancia sería incongruente que el Gobierno la atribuyera a un descenso en el número de trabajadores, cuando habla de recuperación de empleo.
Documento FAISS: Aspectos mas destacables:
- En primer lugar, afirmar que los controles técnicos externos públicos de inspección, de auditoría y de fiscalización son imprescindibles para comprobar que la gestión se hace por los procedimientos establecidos y que los resultados se corresponden con los objetivos previstos, sin desviaciones fruto de una mala gestión o de algún tipo de corrupción.
- Los resultados publicados son que existen evidentes pruebas de mala gestión y de falta de control en los pagos de las prestaciones por IT. Y parece que se descarga la "culpa" en la Seguridad Social en su conjunto, cuando más del 75 % de dicha gestión compete a las Mutuas; si bien es cierto que el responsable de esta privatización, y de sus resultados, es el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
- La evolución de la IT entre 2011 y 2012 se redujo en contingencias comunes el 18,9 %. Este dato desacredita la necesidad de reformas en el lado del trabajador y SNS, que son las que viene impulsando el Gobierno con los proyectos de RD de reforma de la IT y de Ley de Mutuas, cuando la evidencia del informe del TdC es que la mala gestión y el descontrol está en el ámbito administrativo económico de INSS y Mutuas.
- También es destacable que las bajas mantenidas por el SNS resultaron confirmadas por las revisiones de los médicos evaluadores del INSS en el 89,8 % de los casos. Ello vuelve a contradecir la imagen de abuso generalizado que se pretende verter sobre la IT.
- En cuanto a los Convenios de Colaboración suscritos por el INSS con las CC AA, lamentamos la constatación que hace el informe de que se ha consolidado la "venta" de las historias clínicas de los trabajadores al INSS (y presumiblemente pronto a las Mutuas) con la excusa del control de la IT. Desde la FAISS hemos venido criticando este acceso pleno a la totalidad de los historiales médicos de todos los trabajadores sólo porque en algún momento puedan haber tenido un proceso de IT. Y si el hecho nos parece lamentable, el precio nos resulta ridículo pues, según nuestros cálculos, el precio de venta anual de cada historia clínica es de 0,72 €/año.
Ver Informe Tribunal de Cuentas completo
DIARIO MÉDICO SE HACE ECO DE LA CAIDA DE LOS INDICADORES DE IT
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha publicado las estadísticas de cierre de año de incapacidad temporal (IT), que constatan un descenso en la duración media de las bajas del 2,8 por ciento respecto a 2012, hasta los 36,06 días de baja media, y una caída del 4,9 por ciento en la incidencia media por cada mil trabajadores, hasta 18,19 casos.
A nuestro juicio, resulta poco justificado con este descenso (acumulado al de años anteriores) el empeño de seguir adoptando medidas para incidir en la incapacidad temporal a través de una ley que refuerza a las mutuas y que parece más bien un empeño privatizador de la gestión de la incapacidad temporal.
Casi mil millones de euros menos de gasto por este concepto presupuestados para 2014 por la Seguridad Social (-17%) que ha reducido sus fondos para incapacidad temporal desde los 5.800 millones de 2013 a los 4.878 previstos en 2014, en previsión de una nueva caída de las bajas. Esta circunstancia sería incongruente que el Gobierno la atribuyera a un descenso en el número de trabajadores, cuando habla de recuperación de empleo.
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NUEVO BORRADOR DE REAL DECRETO DE CONTROL DE IT Y OTRAS NOVEDADES SANITARIAS. (28/01/2014)
El 14 de enero del presente año se daba a conocer una nueva versión del Real Decreto de regulación de la gestión de la Incapacidad Temporal. En relación a las novedades que presenta el nuevo borrador, la FAISS (Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios) ha emitido un nuevo Comunicado en el que se congratula de las mejoras introducidas aunque sigue planteándose interrogantes sobre la viabilidad, legalidad y oportunidad de buena parte del mismo y que se articula entres apartados fundamentales:
- Sobre el procedimiento de la emisión de los partes de la Incapacidad Temporal (IT), casi inmodificado en las distintas versiones.
- Sobre las Propuestas de Alta de las Mutuas y la llamada "Alta Presunta", que afortunadamente en esta última versión del borrador se retira asimiládose el procedimiento al actualmente en vigor.
- Sobre el control económico y el acceso a la información clínica desde fuera del SNS, apartado que tambien ha sido rectificado respecto de su redacción original, que aunque sigue siendo ambigua, ya no explicita el acceso a la totalidad de la historia clínica.
Sin duda, las mejoras producidas para pacientes, profesionales y SNS son debidas, entre otros motivos, al apoyo de las distintas asociaciones sindicales y profesionales afectadas por la medida a los que agradecemos su interés y dedicación a este tema.
La información ha sido recogida por diversos medios, como: Diario Médico Acta Sanitaria y Médicos y Pacientes.
Por otra parte, pero relacionada intimamante le informamos tenemos el dictamen del Consejo Económico y Social (CES) sobre el anteproyecto de Ley de Mutuas, que coincide básicamente con las tésis mantenidas por la FAISS en las alegaciones a éste y a los sucesivos borradores del RD, fundamentalmente en la oposición al "Alta Presunta". De esta información también se han hecho eco Diario Médico y Acta Sanitaria.
Asimismo, y en relación con este tema fue entrevistado por la Cadena SER en el Programa Hoy por Hoy, del 24 de enero, nuestro Vicepresidente Jose María Morán, pudiendo en el enlace escuchar sus declaraciones.
Asimismo, siendo lograr una asistencia sanitaria pública de calidad uno de nuestros fines estatutarios no podemos sino congratularnos de la decisión de la Comunidad de Madrid de suspender la externalización de servicios sanitarios. Después de una larga lucha y numerosas "mareas blancas" es sin duda la mejor de las noticias y nos demuestra que el poder está en la calle, en los ciudadanos y profesionales que quieren un modelo de sanidad público y de calidad. Enhorabuena a todos los que han puesto su granito de arena para lograrlo.
Documentación que se puede consultar en pdf:
- Comunicado de la FAISS de 23/01/14
- Proyecto de Real Decreto de fecha 14/01/14
- Información de Diario Médico de 24/01/14
LA AUDIENCIA NACIONAL CONDENA QUE SE FIJEN INCENTIVOS A LOS MÉDICOS EVALUADORES DEL INSS EN FUNCIÓN DEL NUMERO DE ALTAS QUE DEN. (24/01/2014)
La Administración no puede fijar como objetivo conseguir un porcentaje concreto de altas sobre el total de pacientes con incapacidad temporal y premiar o castigar a los inspectores del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en función de la consecución de ese porcentaje de altas sobre el total de procesos de pacientes que revisan. Así de claro lo ha dicho la Audiencia Nacional (AN) en una sentencia que vuelve a despertar la polémica por la fijación de incentivos a la reducción de bajas laborales que se desató en 2009, no sólo hacia los inspectores del INSS sino también a los inspectores sanitarios y a los médicos de primaria.
Aunque la sentencia no afecta a los Inspectores Médicos que trabajan en los Servicios de Salud y Consejerias de las distintas administraciones autónómicas, la FAISS siempre ha defendido que para primar la actuación de los profesionales que se dedican a controlar las bajas laborales, ya sean los Inspectores de los distintos Servicios de Salud, los propios facultativos de atención primaria, o los evaluadores del INSS, a los que se refiere esta sentencia, no se deberían utilizar indicadores de este tipo que podrían condicionar el criterio puramente científico y clínico del profesional que a la postre, es el que debe primar a la hora de dar un alta a cualquier trabajador.
El presidente de la Coordinadora Estatal de Médicos Evaluadores, José Luis San Martín, también ha celebrado la sentencia porque desde su asociación llevan "años denunciando que no pueden aplicarse esta clase de objetivos que no van destinados a mejorar la eficiencia o el rendimiento, sino a condicionar su labor.
En línea semejante nos posicionamos desde la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS), y que aunque la sentencia se refiere a los inspectores del INSS, sus conclusiones son fácilmente extrapolables a los inspectores de los servicios sanitarios y a los médicos de primaria que se enfrentan al mismo problema, con objetivos ligados al resultado de su labor, no a su rendimiento.
Por ello, desde la Faiss se hace una valoración muy favorable tanto del fallo judicial como de los razonamientos jurídicos que en el mismo se exponen. Estamos de acuerdo en que el objetivo anulado condicionaba la función médica y técnica de los Médicos Evaluadores del INSS donde parece que siempre prevalecen los criterios administrativos y economicistas sobre los médicos y técnicos de los facultativos, que reciben todos los objetivos de forma jerárquica y sin posible negociación como sería deseable. El objetivo es reducir el gasto, ante todo.
Tambien las diversas sociedades de primaria se han opuesto a los incentivos por la IT, con argumentos muy razonables similares a los expuestos, puesto que son objetivos mal diseñados, que introducen condicionamientos espurios en la valoración de los médicos, que no se negocian si no que se imponen.
Finalmente reflexionar sobre el posible alcance a otros niveles de la sentencia que comentamos, ya que los criterios del INSS hacia sus propios médicos evaluadores se reproducen en los convenios de colaboración para el control de la incapacidad temporal desde hace años suscritos con las diversas autonomías. Los últimos, previstos para el periodo 2013 a 2016, suponen un 315 millones de euros, que las autonomías recibirán si cumplen unos objetivos concretos, por lo que las autonomías, a su vez trasladan estos objetivos a los inspectores sanitarios e incluso a los médicos de AP.
La FAISS en contra del Anteproyecto de Ley de Mutuas.
La Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS) considera que el anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social aprobado por el Gobierno supone un “torpedo en la línea de flotación” del Sistema Nacional de Salud (SNS) al poner las bases de una transformación de la asistencia sanitaria actual hacia una asistencia mutualizada privatizada dirigida por los empresarios que romperá los principios de universalidad y equidad del SNS.
El pasado 20 de diciembre de 2013, el Consejo de Ministros aprobaba el “Anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social”; y abandonaba así la tramitación del proyecto de Real Decreto (RD) de reforma de la Incapacidad Temporal (IT), tras casi un año de negociaciones. El Gobierno regalada por Navidad, a la patronal, su ansiada nueva Ley de Mutuas, aparcando lo relativo a la modificación de la gestión de la IT debido a las reticencias provocadas entre las asociaciones profesionales de facultativos y la propia inspección de servicios sanitarios.
Nuestras impresiones no pueden ser peores, aún más que las del denostado proyecto de Real Decreto. El “Anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social” trata fundamentalmente de tres asuntos: La reforma del régimen jurídico de las Mutuas, la modificación de la gestión de la IT y la creación de un “sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos”. No obstante nuestra principal preocupación se centrará sólo en los dos primeros aspectos, por lo que entrañan de grave perjuicio para los derechos de pacientes, trabajadores y profesionales del SNS, además de suponer un “torpedo en la línea de flotación” del Sistema Nacional de Salud (SNS) al poner las bases de una transformación de la asistencia sanitaria actual hacia una asistencia mutualizada privatizada dirigida por los empresarios que romperá los principios de universalidad y equidad del SNS.
Con esta ley se dulcifica la denominación de las Mutuas Patronales, Empresariales o MATEPSS, adoptando el bondadoso nombre de “Mutuas de la Seguridad Social”. Parece olvidarse que las cotizaciones sociales de la IT son un pago en especie a los trabajadores por ejercer su actividad laboral y, a fin de cuentas, ya es dinero de éstos. En el diseño de este régimen jurídico, todos los órganos directivos y gestores están formados por empresarios o personas designadas por ellos.
Y la llamada “Comisión de Control y Seguimiento” con participación sindical, pero con funciones informativas más parece una maniobra para contentar que controlar. Los únicos controles técnicos que el régimen jurídico prevé para las Mutuas son los de la Intervención General de la Seguridad Social, respecto auditorías de cuentas y cumplimiento, y la Inspección de Trabajo, en cuanto a sus competencias en normativa laboral. Ninguna autoridad pública del Estado central o de las CC AA, controla de forma sistematizada la actividad asistencial sanitaria (consultas, pruebas, tratamientos, intervenciones quirúrgicas) que las Mutuas hacen con cargo a los fondos públicos, como sí ocurre con cualquier Centro de Salud y los hospitales del SNS. Y eso que, más del 16 % de la asistencia sanitaria común que el SNS presta a los trabajadores es de origen profesional y debería haber sido atendida por las Mutuas (no perjudicando los presupuestos del SNS y saturando sus servicios) y los trabajadores haber percibido superiores prestaciones económicas por IT.
Con la nueva gestión de Propuestas de Alta, si en el cortísimo plazo de 5 días, la Inspección Médica no hubiera contestado a la Mutua (o ésta no hubiera recibido la respuesta), al 6.º día se aplicaría un “silencio administrativo positivo” que produciría el “alta presunta”, pero efectiva, del paciente. Creemos perverso e inadmisible este procedimiento, que consigue que las Mutuas obtengan la capacidad de dar altas, de facto, aunque no formalmente. Basándose en que las “comunicaciones” entre todos los agentes (Médicos del SNS, INSS, Mutuas) “se realizarán preferentemente por medios electrónicos...”, como preveía el abandonado proyecto de RD, se abre la puerta para que las Mutuas, con la excusa de controlar la adecuación de una prestación económica, tengan acceso a la “totalidad de la historia clínica” de “todos los trabajadores del Sistema de la Seguridad Social”, hayan estado de baja o no en alguna ocasión.
Además las Mutuas podrán suscribir convenios con los SRS (Servicios Regionales de Salud) de las CC AA para adelantar asistencias de trabajadores de baja. En el fondo, el sistema, presentado como una mejora, va a ser un forzamiento a los SRS para que suscriban dichos convenios y abonen parte de su presupuesto por las referidas asistencias, detrayendo fondos de la asistencia general del SNS para beneficiar a las Mutuas que ya obtienen una ventaja con la reducción derivada de los acortamientos de los procesos de IT por saltarse las listas de espera habituales para el resto de pacientes del sistema. Ello, va a suponer que, con cargo a los fondos públicos, se priorizará la asistencia de los trabajadores frente al resto, lo que rompe el principio de equidad del Sistema.
Como consecuencia se ha emitido un Comunicado que ha sido reproducido en Acta Sanitaria y en Diario Médico. Desde aqui hacemos un llamamiento a a las organizaciones de profesionales sanitarios (sociedades, colegios y sindicatos), a las asociaciones de pacientes, a los sindicatos generales, a los partidos políticos y a otras organizaciones sociales afectadas a rechazar y oponerse a este proyecto de Ley contra los derechos de pacientes, trabajadores y profesionales del SNS.
- Comunicado de la FAISS, de 10/01/2014. Version Pdf
- Anteproyecto de Ley, de fecha 20/12/2013. Version Pdf
- Publicación de la noticia por Acta Sanitaria.
- Publicación de la noticia por Diario Médico. Version Pdf
Si no es eficaz, no es medicamento. La FAISS se adhiere a la campaña contra la autorización de medicamentos homeopáticos que no tengan demostrada su eficacia.
"La orden que regulariza los homeopáticos contiene afirmaciones que atacan a la razón científica: medicamentos sin indicación terapéutica y medicamentos que no tienen que demostrar eficacia. Eso no es un medicamento. Queremos desmontar las pseudociencias en medicina", dice Vicente Baos, médico de familia en Collado Villalba (Madrid) y uno de los tres impulsores de una campaña online que pide al Ministerio de Sanidad que no apruebe ningún medicamento sin haber comprobado antes su eficacia.
La publicación, el mes pasado de un borrador de orden ministerial que prepara el terreno para autorizar miles de productos homeopáticos ha incendiado las redes sociales. Estos preparados se venden ahora en las farmacias gracias a una disposición que se pensó como transitoria pero que dura dos décadas. El Ministerio de Sanidad pretende autorizarlos siempre que cumplan requisitos similares a los de los medicamentos: calidad, seguridad y eficacia. Y ahí está el problema: no está previsto exigirles que demuestren su eficacia mediante ensayos clínicos, como ocurre con los medicamentos al uso.
La evidencia científica es uno de los pilares sobre los que se asienta la medicina moderna. La aplicación de tratamientos médicos sin comprobar previamente su eficacia y seguridad en muchas ocasiones han tenido resultados desastrosos.
La campaña 'No sin evidencia' incluye un manifiesto que, entre otras cosas, pide a Sanidad que no apruebe ningún tratamiento que no haya demostrado "mediante ensayos clínicos reproducibles, unas condiciones de eficacia y seguridad al menos superiores a placebo". "La regulación de unos supuestos medicamentos homeopáticos sin indicación terapéutica es una grave contradicción en sí misma y debe ser rechazada. Si no está indicado para nada ¿para qué hay que darlo?"
Asimismo en el manifiesto se solicita:
Que la AEMPS retire de la comercialización aquellos fármacos, de cualquier tipo, que pese a haber sido aprobados, no hayan demostrado una eficacia mayor que el placebo o que presenten unos efectos adversos desproporcionados.
Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad persiga a aquellas empresas que atribuyen cualidades curativas o beneficiosas para la salud a sus productos sin haberlo demostrado científicamente.
Y finalmente que el Consejo General de Colegios de Médicos de España / Organización Médica Colegial, en cumplimiento del artículo 26 del Código de Deontología Médica, desapruebe a los facultativos que prescriban tratamientos sin evidencia científica demostrada.
EL BORRADOR DEL PROYECTO DE REAL DECRETO DE GESTIÓN Y CONTROL DE IT, SUPONE UNA MERMA SUSTANCIAL DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES, Y EL ACCESO INDISCRIMINADO A LOS DATOS CLÍNICOS DE LOS MISMOS POR PARTE DE LAS MUTUAS, ES ILEGAL, INJUSTIFICADO Y DESPROPORCIONADO.
Por ello promovemos sendas peticiones sociales a través de la plataforma www.Change.org sobre el “alta presunta” (www.bit.ly/faiss-change-alta) y sobre el acceso a la historia clínica(www.bit.ly/faiss-change-historia), que esperamos que sean apoyadas mayoritariamente por razones de justicia social y defensa de los derechos ciudadanos.
• A la vista del nuevo borrador del Real Decreto de fecha 10 de octubre de 2013, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control por Incapacidad Temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS) ha vuelto a denunciar la relegación en la que se mantiene a los Servicios Sanitarios de las Comunidades Autónomas, así como la merma de derechos de los ciudadanos.
El proyecto constituye un recorte de derechos sin precedentes, ya que generaliza una presunción de fraude por parte de los trabajadores, imputándoles la carga de la prueba de que siguen enfermos o la injustificación de las incomparecencias con suspensión de la prestación. Pero son, especialmente, la gestión de las Propuestas de Alta y el acceso indiscriminado a la Historia Clínica Electrónica (HCE) las que consideramos mas graves:
1. Con la nueva gestión de Propuestas de Alta, si en el cortísimo plazo de 5 días, la Inspección Médica no hubiera contestado a la Mutua (o ésta no hubiera recibido la respuesta), al 6.º día se aplicaría un “silencio administrativo positivo” que produciría el “alta presunta”, pero efectiva, del paciente. Creemos perverso e inadmisible este procedimiento y consideramos que para una denegación de derechos a los ciudadanos (alta y extinción del subsidio) es exigible un alta médica explícita y formal, no presunta, por la que algún agente emisor responda. Se consigue así, torticeramente, que las Mutuas obtengan lacapacidad de dar altas, de facto, aunque no formalmente.
2. Creemos ilegal y desproporcionado que los “Médicos Evaluadores” del INSS y del ISM (unas Administraciones no sanitarias), con la excusa de controlar la adecuación de una prestación económica, tengan acceso a la “totalidad de la historia clínica” de “todos los trabajadores del Sistema de la Seguridad Social”, hayan estado de baja o no en alguna ocasión. Para el control económico de la baja por IT, el acceso a la información clínica debe restringirse exclusivamente a la relacionada con el proceso que origina dicha baja laboral: partes de IT, informes de pruebas y tratamientos o informes específicos justificados son más que suficientes para este fin.
Las historias clínicas tienen mucha más información que la referida a los procesos de IT y el alcance global de la atribución que se pretende carece de legitimidad y se presume contrario a los derechos fundamentales protegidos por el artículo 18 de la Constitución Española de 1978, Ley Orgánica 15/1999 y Ley 41/2002 (art. 16.1).
Con estos planteamientos se ha confeccionado un completo Informe y un Comunicado a los medios que pueden descargarse pinchando en los enlaces subrrayados correspondientes.
PETICIONES SOCIALES: Además con objeto de concienciar y movilizar a la opinión pública, se han promovido sendas peticiones sociales a través de la plataforma www.Change.org sobre el “alta presunta” (www.bit.ly/faiss-change-alta) y sobre el acceso a la historia clínica(www.bit.ly/faiss-change-historia), que esperamos que sean apoyadas mayoritariamente, agradeciéndole que considerara incluir su firma.
Documentación:
- Comunicado de la FAISS, de 31/10/2013. www.bit.ly/faiss-comunicado-rd-it-oct13
- Informe de la FAISS, de 31/10/2013. www.bit.ly/faiss-informe-rd-it-oct13
- Proyecto de Real Decreto de fecha 10/10/2013. www.bit.ly/faiss-proyecto-rd-it-oct13
La prensa especializada se ha hecho eco de la noticia apareciendo en Acta Sanitaria y Diario Médico, entre otros.
NUEVA JUNTA DIRECTIVA DE LA FAISS:
• Del 9 al 11 de octubre de 2013, tuvo lugar en Úbeda el V Congreso Nacional de Inspección de Servicios Sanitarios. En el seno del mismo se celebró, el día 10, la Asamblea General de la FAISS, donde fue elegida nueva Junta Directiva de la Federación, que tras las votaciones correspondientes quedo constituida de esta forma:
Luis Garrido, Presidente.
Jose María Morán, Vicepresidente.
Sandra Pérez, Secretaria General.
Jose Antonio Molina, Tesorero
Maria Bernal, Vicesecretaria.
Como vocales resultaron elegidos Maria Jesús Grau de Extremadura, Rafael Peñalver de Castilla La Mancha, Javier Marco de la Comunidad Valenciana, Margarita Goldaracena de Aragón y Carlos Tirado de Castilla La Mancha.
A todos ellos les deseamos una labor fructífera al frente de la Federación .
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